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  1. Monica Gerber presentó seminario sobre violencia en la Araucanía

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    _39A4046El Instituto de Investigación en Ciencias Sociales de la Universidad Diego Portales organizó el Seminario ICSO “Violencia en la Araucanía: percepciones de (in)justicia en el trato de Carabineros y justificación de la violencia entre personas mapuche” , presentado por Mónica Gerber , investigadora ICSO y académica de la Escuela de Sociología UDP.

    La investigación, que tuvo como colaboradores a Roberto Gonzalez, Hector Carvacho, Gloria Jimenez-Moya, Cristóbal Moya, Jonathan Jackson y Valentina Castillo, se enfoca específicamente en el tema de la violencia, pensando en todas las situaciones que están ocurriendo, principalmente en el sur de Chile, la que es llevada a cabo tanto por activistas mapuches como una forma de reivindicar derechos o recuperar tierras, y también la violencia que es llevada a cabo por carabineros contra comunidades mapuches o en enfrentamientos específicos con ciertos activistas.

    “En Chile existe bastante apoyo hacia el uso de la fuerza en este contexto. Según datos de la Encuesta COES casi el 50 por ciento de los chilenos opina que se justifica que grupos indígenas usen la violencia para reivindicar tierras, y más del 85 por ciento dice que se justifica que el estado use la violencia, por ejemplo, cuando se bloquean carreteras, que digamos es una instancia no necesariamente vinculada  a temas indígenas, pero a veces sí, y nos parecen valores bastante altos”, comentó Gerber.

    “Hoy en día las personas mapuches viven en condiciones que en distintos aspectos son peores que las personas que son no indígenas, y que también hay evidencia de que hay fuertes discriminaciones desde tanto mapuches como de no indígenas hacia los mapuches. A nivel  de la relación con las autoridades, el informe del Instituto Nacional de Derechos Humanos recalca la grave situación de justicia hacia personas mapuches, la Ley Antiterrorista, todo lo que eso significa en términos de reducción de garantías, la impunidad de agentes policiales que han usado violencia excesiva, etc.” señaló la socióloga en relación a los antecedentes de la investigación.

    La académica señaló que una de las hipótesis principales de este trabajo es saber “qué pasa cuando carabineros es justo en la manera que trata a los mapuches. Cuando carabineros es justo, y los mapuches perciben un trato justo, van a sentir que los medios legales son formas mediante las cuales ellos pueden lograr cambios, a diferencia que si yo siento que carabineros y las cortes de justicia me discriminan por ser mapuche. A mayor percepción de justicia en el trato de carabineros hacia personas mapuches, yo voy a ser más crítico hacia la violencia mapuche como una forma de reivindicar sus derechos”.

    “Lo opuesto debiera ocurrir con la violencia a carabineros. Si yo siento que carabineros nos trata bien, voy a entrar a una dinámica distinta, de legitimar a las autoridades, sentir que las autoridades o carabineros y sus acciones las hacen por buenas razones, y por lo tanto, voy a confiar que si usan violencia, la usan porque saben que es necesario, por ejemplo” comentó la académica.

    En el seminario, Monica Gerber graficó los diferentes tipos de violencia que existen en este contexto y de cómo se desarrolla la legitimización de estos actos según el grupo al que pertenecen: “Hemos visto la importancia de la justicia procedimental hacia otros con los que me identifico. La mayor parte de la literatura en este sentido analiza sobre como yo soy tratada de cierta forma por las autoridades”.

    “En esta investigación encontramos que también importa si yo percibo justicia en la manera en la que las autoridades tratan a otros, es decir, cuando yo veo en la tele o leo un artículo del diario donde queda en evidencia esta discriminación hacia los mapuches, eso también me genera cosas a mi si es que yo me identifico con ese grupo”, agregó.

  2. Policía y democracia: lo que no discutimos

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    Institucionalmente, el tema se delimitó en dictadura a partir de la dictación o modificación de un conjunto de normas y procedimientos que establecieron rígidas directrices sobre el particular. En 1983, se promulgó el Decreto Supremo 1086, indicando que “los organizadores de toda reunión o manifestación pública deben dar aviso con dos días hábiles de anticipación, a lo menos, al intendente o gobernador respectivo”. Una vez recuperada la democracia, las autoridades democráticas continuaron utilizando este decreto, lo que ha sido cuestionado por instancias internacionales toda vez que contraviene el artículo 19 (13) de la propia Constitución que garantiza “el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas”.

    No obstante, en la misma Constitución se indica que “las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público, se regirán por las disposiciones generales de la policía”. En otros términos, el propio texto le entrega a la policía la facultad regulatoria de un fundamental derecho como es el de manifestarse.

    A lo anterior se suma la norma sobre el procesamiento en tribunales militares (y no civiles) de policías acusados de cometer un acto de violencia en contra de un civil. Esta situación transforma a Chile en una excepción en el mundo por las amplias atribuciones de los juzgados militares para ver casos que, en un marco democrático, no cabría que fuesen observados por la competencia militar. Las estadísticas muestran un incremento muy significativo en los últimos 22 años de denuncias por violencia policial (poco más de 20 mil casos en tribunales militares), acompañado de un nivel de condenas decreciente de uniformados por estas conductas (menos del 2,5%). Observamos la paradójica situación de que el incremento de las denuncias por abusos policiales en los últimos años ha sido acompañado por niveles más bajos de condena en tribunales militares de aquellos policías acusados de ejercer una excesiva violencia.

    Ahora bien, resulta curiosa la casi completa inercia del sistema político para modificar estas normas en los últimos 25 años. El Código de Justicia Militar fue modificado parcialmente el año 2010 y el Decreto Supremo 1086 sigue vigente. Esto llevó a que, en el año 2013, la Cámara de Diputados estableciera una Comisión Investigadora precisamente para abordar el tema del derecho de reunión. Entre sus conclusiones principales destacan: 1) solicitar al Ejecutivo que envíe un proyecto de ley para regular el derecho de reunión consagrado en la Constitución y actualizar la legislación y cumplir con estándares internacionales de derechos humanos; 2) agilizar la aprobación de proyectos que modifican las competencias de los tribunales militares; 3) solicitar al Director General de Carabineros el perfeccionamiento de los procedimientos policiales, de modo de emplear adecuadamente los medios preventivos y represivos; 4) sugerir que, en caso de manifestaciones masivas, la Fiscalía Nacional pueda desplegar fiscales en las unidades policiales para facilitar la liberación de quienes sean sancionados por faltas menores; 5) establecer una mesa de trabajo entre el Gobierno y organizaciones de la sociedad civil para desarrollar un diálogo sobre las formas de cautelar el derecho de reunión; y 6) revisar los protocolos operativos del Ministerio del Interior y de Carabineros. Todas estas recomendaciones fueron aprobadas por unanimidad.

    Entonces, requerimos revisar el modo en que se inserta la policía en un sistema democrático, dado que mantenemos un esquema que fue pensado para una dictadura. Lo anterior pasa por redefinir el carácter militar de Carabineros de Chile, derogar el Decreto Supremo 1086, reformar la Constitución en lo concerniente a la libertad de reunión, y establecer códigos de convivencia ciudadana que permitan en forma democrática hacer convivir el derecho a reunión, la libertad de expresión, la libertad de circulación y la seguridad pública. La adecuación de estas normas a un estándar democrático parece hoy de sentido común y es aquello lo que debiese prevenir en el futuro el alarmante aumento en las denuncias por abuso policial.

    Ver columna en El Mostrador

  3. Denuncias por violencia policial: cifras para preocuparse

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    Claudio Fuentes S.

    Publicada el 17 de enero de 2014 en El Mostrador

    El Instituto Nacional de Derechos Humanos en conjunto con el Instituto de Investigación en Ciencias Sociales de la Universidad Diego Portales acaban de dar a conocer un estudio exploratorio sobre violencia estatal en la Araucanía. Uno de los capítulos, en el que a un equipo de la Universidad le tocó participar, sistematiza las denuncias por violencia policial (o “violencia innecesaria”) presentadas por particulares debido a abusos cometidos por Carabineros en Chile.

    Se trata del estudio más extenso y sistemático en su tipo. A partir del registro de denuncias en los Juzgados Militares, se da cuenta del conjunto de denuncias civiles en contra de Carabineros entre 1990 y 2011 entre las regiones de Coquimbo y Los Lagos. Debemos recordar que en Chile las denuncias por violencia policial son competencia de tribunales militares y no civiles. Aunque sabemos que no todos los abusos de la policía se traducen en denuncias –y, por lo tanto, es probable una subrepresentación de ellas– esta estadística nos permite tener una aproximación relevante al vínculo entre ciudadanía y fuerza policial en una serie de tiempo de 21 años. Cuatro conclusiones pueden advertirse a partir de esta sistematización:

    1) Advertimos una curva siempre ascendente de denuncias a nivel nacional desde el retorno a la democracia. La curva se torna explosiva a partir del año 2004. Contabilizamos un total de 18.967 denuncias presentadas contra la policía entre 1990-2011, un promedio de 862 denuncias por año. Pero, mientras a comienzos de los 90 se presentaban menos de 300 denuncias por año, en el período 2007-2011 superan las 1.500 por año.

    El aumento de la conflictividad social en Chile no encuentra cauces de solución judicial –y menos en la justicia militar–. La noción de que existe impunidad en casos de violación de la integridad física de las personas es una percepción que los datos lamentablemente parecen confirmarnos.

    2) Contrariamente a lo que podríamos suponer, que el aumento explosivo de denuncias se produjo en el año 2011 producto de las protestas sociales, lo que muestra el estudio es que el ciclo de denuncias es anterior, produciendo una escalada relevante a partir del año 2004-2005. Si consideramos que las denuncias son un proxi de mayores niveles de conflictividad social, entonces podemos afirmar que el malestar social o el origen de la conflictividad social en Chile se remonta a comienzos de la década del 2000 y no a fines de la década, como suele afirmarse.

    3) Al analizar las denuncias por abuso policial por zona geográfica, observamos una intensificación de ellas en la zona sur del país (principalmente en Bío-Bío y Araucanía) entre 2004 y 2008. Después del año 2006, la zona central (RM y Valparaíso) es la que más impacto tiene en la curva ascendente de denuncias.

    4) Desde el punto de vista de la resolución de casos en las cortes militares, el promedio de causas con sobreseimiento alcanza el 93% en el período abarcado, y tan sólo un 2,5% de las causas registradas termina con una sentencia condenatoria de un funcionario policial. Irónicamente, en Chile el mayor número de denuncias de la última década ha conllevado una baja en las sentencias condenatorias.

    El anterior panorama resulta preocupante. Primero, el aumento de la conflictividad social en Chile no encuentra cauces de solución judicial –y menos en la justicia militar–. La noción de que existe impunidad en casos de violación de la integridad física de las personas es una percepción que los datos lamentablemente parecen confirmarnos. Segundo, el debate sobre la reforma de la policía y de la justicia militar parece marginal en la agenda política: ¿cómo deben actuar las fuerzas de orden público frente a mayores niveles de protesta social?, ¿es sostenible mantener en el tiempo un fuero para las policías (la justicia militar) cuando sabemos que no están cumpliendo su función de brindar justicia?, ¿es posible imaginar un orden público democrático distinto al actual, donde seguridad y libertad puedan convivir más armónicamente?, ¿es factible pensar en la desmilitarización de la policía en Chile?

    La curva siempre ascendente de denuncias por violencia policial en Chile muestra claramente que no se vincula ni con los vaivenes económicos ni tampoco con el color político del gobierno de turno. Si aquello es así, resulta muy poco probable que el número de denuncias disminuya en los próximos cuatro años. El sistema político, entonces, debiese hacerse cargo de esta preocupante realidad.